España actualiza su normativa para permitir la confiscación de criptomonedas a deudores fiscales
El Consejo de Ministros de España aprobó un anteproyecto de ley que ajusta las normativas fiscales relacionadas con las criptomonedas, como parte del proceso de adaptación a las directivas de la Unión Europea (UE). La iniciativa busca modificar leyes tributarias nacionales para alinearlas con la directiva DAC8 de la UE, que obliga a los exchanges, proveedores de wallets y otras empresas del sector a informar sobre las criptomonedas de sus clientes, especialmente aquellas en el extranjero.
Entre los cambios propuestos, se destaca la inclusión de las criptomonedas como bienes susceptibles de embargo, junto con otros activos financieros. Esto responde a la evolución de los servicios de pago, que ahora incluyen criptomonedas. Según expertos, aunque actualmente es posible embargar criptomonedas depositadas en proveedores de servicios, la nueva ley reafirma esta posibilidad, eliminando cualquier obstáculo legal para las empresas involucradas.
Las criptomonedas en autocustodia, sin embargo, seguirán siendo inembargables, ya que no es posible aplicar restricciones legales a estos activos. La directiva DAC8, aprobada por el Parlamento Europeo en 2023, tiene como objetivo reducir el anonimato en las transacciones con criptomonedas y prevenir la evasión fiscal. Se espera que entre en vigor en 2026, dando a los países de la UE hasta finales de 2025 para adaptar sus legislaciones.
España está dando un importante paso hacia la regulación de las criptomonedas, especialmente en lo que respecta a la confiscación de estos activos a personas que tengan deudas con el fisco. El Consejo de Ministros aprobó en una primera instancia un anteproyecto de ley que busca modificar las normativas tributarias aplicables al sector de las criptomonedas, con el objetivo de alinearlas con las nuevas directivas de la Unión Europea (UE). Este ajuste legislativo es parte de la transposición de la normativa comunitaria, específicamente la Directiva DAC8, la octava directiva sobre cooperación administrativa en el ámbito tributario.
Modificaciones clave en la normativa
La principal novedad que trae este anteproyecto es la inclusión explícita de las criptomonedas como bienes que pueden ser objeto de embargo. Hasta ahora, el proceso de embargo se aplicaba principalmente a activos tradicionales, como cuentas bancarias o bienes inmuebles. Sin embargo, con el auge de las criptomonedas como un medio de almacenamiento de valor y pago, era necesario que la legislación también considerara este tipo de activos dentro del marco de bienes embargables. El Ministerio de Hacienda subraya que esta medida responde a la evolución de los medios de pago, entre los que ahora se incluyen las criptomonedas y otros servicios de dinero electrónico.
Además, el anteproyecto plantea una serie de cambios en la Ley General Tributaria (LGT) y el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria. Estos cambios permitirán al fisco español tener una mayor capacidad para identificar y actuar sobre criptomonedas mantenidas en plataformas centralizadas, como exchanges o proveedores de wallets.
Reafirmación del poder de embargo
José Antonio Bravo, experto en fiscalidad de criptoactivos, explica que, con la legislación actual, ya es posible que Hacienda embargue criptomonedas que estén depositadas en un proveedor de servicios. Sin embargo, lo que hace la transposición de la DAC8 es reafirmar la legalidad de estos embargos, sin que las plataformas puedan oponerse a entregar los activos. Esto, según Bravo, refuerza el poder del Estado para actuar sobre las criptomonedas que se mantienen en exchanges centralizados, lo que facilita la recaudación de deudas tributarias.
Cristina Carrascosa, abogada especializada en criptoactivos, añade que la nueva ley también ajustará los procedimientos de embargo de criptomonedas para hacerlos más eficientes y claros. Esto incluye la obligación de las plataformas de intercambio de identificar la residencia fiscal de sus usuarios y de reportar las transacciones que realicen, lo que permitirá a las autoridades tener un mayor control sobre las operaciones con criptoactivos.
Limitaciones a las criptomonedas en autocustodia
A pesar de estos avances, las criptomonedas que se mantengan en autocustodia —es decir, aquellas en las que el usuario es el único poseedor de las claves privadas— no estarán sujetas a embargos. Esto se debe a que, en la práctica, no existe una forma legal de ejecutar un embargo sobre criptomonedas que no estén en posesión de un tercero. Según Bravo, este tipo de activos permanecerán fuera del alcance de las autoridades fiscales, lo que podría motivar a algunos usuarios a optar por la autocustodia como una forma de proteger sus criptoactivos de posibles confiscaciones.
Objetivos de la DAC8 y el impacto en la UE
La directiva DAC8 fue aprobada por el Parlamento Europeo en septiembre de 2023, con el objetivo principal de reducir el anonimato en las transacciones con criptomonedas y combatir la evasión fiscal. Esta normativa obligará a exchanges, proveedores de servicios de criptomonedas y brokers a reportar datos detallados de sus clientes, lo que permitirá a las autoridades fiscales de los países miembros de la UE tener un mayor control sobre las transacciones y los activos mantenidos en criptomonedas.
La directiva entrará en vigor en enero de 2026, y los países del bloque tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para ajustar sus leyes y regulaciones internas a lo establecido por la DAC8. En este sentido, España ya ha comenzado su proceso de adaptación para asegurarse de cumplir con los plazos y evitar posibles sanciones o problemas legales en el futuro.
El contexto del Reglamento de Mercados de Criptoactivos
Además, la nueva normativa española sobre criptomonedas se enmarca en un contexto más amplio de regulación del mercado de criptoactivos en la UE. En abril de 2023, el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA, por sus siglas en inglés), que establece un conjunto de normas para regular las ofertas y el funcionamiento de las plataformas de criptomonedas dentro del bloque. Estas normas comenzarán a aplicarse a finales de 2024 y, junto con la DAC8, buscan crear un marco regulatorio integral para las criptomonedas en Europa.
Conclusión
Con estas nuevas medidas, España se está posicionando a la vanguardia de la regulación de criptoactivos en Europa. La inclusión de criptomonedas entre los bienes embargables y la obligación de las plataformas de intercambio de reportar información sobre sus usuarios son pasos significativos hacia una mayor transparencia y control en el sector. Al mismo tiempo, se reafirma la importancia de la autocustodia para aquellos que buscan mantener sus criptoactivos fuera del alcance de posibles embargos. En cualquier caso, las nuevas regulaciones representan un cambio importante para los usuarios de criptomonedas en España y en toda la Unión Europea, marcando el inicio de una nueva era de control y supervisión en este creciente mercado.