
España evalúa nuevas modificaciones fiscales relacionadas con criptomonedas.
El Grupo Parlamentario Sumar presentó en el Congreso una serie de enmiendas destinadas a actualizar la normativa tributaria aplicada a los activos digitales.
La propuesta incluye cambios en tres leyes vigentes:
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Ley 58/2003 General Tributaria (prescripción, recaudación, obligaciones de información y cooperación).
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Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta (IRPF).
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Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Entre los puntos destacados, la iniciativa plantea que las ganancias obtenidas con criptomonedas que no sean consideradas instrumentos financieros pasen a tributar en el IRPF con una base general de hasta el 49%, por encima del máximo actual del 28%. Asimismo, propone que dichas ganancias tributen en el Impuesto sobre Sociedades con una tasa del 30%.
La propuesta también incorpora medidas de información y supervisión.
Se prevé que la CNMV implemente un sistema visual tipo “semáforo de riesgo”, obligatorio en plataformas dirigidas a inversores en España, basado en criterios como registro, supervisión, respaldo y liquidez de cada activo.
Además, el documento plantea que todas las criptomonedas sean consideradas embargables, extendiendo esta clasificación más allá de los activos incluidos en el marco regulatorio europeo MiCA.
Este punto ha generado discrepancias entre especialistas del sector. Algunos juristas señalan que la medida sería difícil de ejecutar, especialmente en el caso de criptoactivos no regulados o sin custodios centralizados.
En paralelo a este debate, existe otra propuesta impulsada por dos inspectores de Hacienda que sugiere aplicar un régimen fiscal independiente para bitcoin, separado del de otras criptomonedas. Esta idea ha recibido atención en la comunidad al plantear un tratamiento impositivo diferenciado para el activo con mayor capitalización del mercado.

