Modelo 721: quién debe declarar en 2026 en España

Con la llegada del cierre del primer trimestre de 2026, los contribuyentes españoles deben preparar nuevamente su documentación para la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Dentro de las obligaciones fiscales destaca el Modelo 721, el instrumento informativo diseñado para declarar las tenencias de criptomonedas situadas en el extranjero correspondientes al ejercicio anterior.

Una de las dudas más comunes entre los inversores es la continuidad de esta obligación. Contrario a la creencia de que se trata de un trámite anual recurrente sin excepciones, la normativa técnica establece criterios de exención específicos que pueden liberar al contribuyente de presentar la declaración este año.

El criterio del incremento patrimonial

La presentación del Modelo 721 en años sucesivos no es automática. La regulación estipula que la obligación de informar persiste únicamente si se produce una variación significativa en el valor del patrimonio declarado previamente.

Concretamente, los contribuyentes solo están obligados a presentar el modelo si el saldo conjunto de sus criptomonedas en el extranjero, valorado en euros al 31 de diciembre, ha experimentado un incremento superior a 20.000 euros en comparación con la base de la declaración presentada en 2024 (la cual debía ser superior a 50.000 euros).

Para ilustrar este escenario de exención fiscal:

  • Si un inversor declaró en 2025 una tenencia valorada en 60.000 euros, y su saldo al cierre de 2025 es de 75.000 euros, la diferencia es de 15.000 euros. Al no superar el umbral de 20.000, el contribuyente está exento de presentar el Modelo 721 este año.
  • Incluso si el saldo superó el umbral en algún momento del 2025, lo que cuenta para la AEAT es el valor de liquidación a fecha 31 de diciembre.

Alcance y definición de activos en el exterior

Es fundamental recordar que el Modelo 721 se aplica exclusivamente a activos digitales situados fuera del territorio nacional. Esto incluye fondos almacenados en exchanges internacionales como Binance, Coinbase, Kraken o ByBit.

Quedan excluidos de esta declaración:

  • Criptomonedas almacenadas en exchanges registrados legalmente en España.
  • Fondos bajo autocustodia (wallets privadas donde el usuario posee las claves privadas).

Esta normativa, vigente desde enero de 2024, busca que Hacienda tenga un control específico sobre los activos digitales que residen en jurisdicciones extranjeras, desglosándolos del antiguo Modelo 720.

La excepción de la extinción de titularidad

Existe un escenario donde el valor de las tenencias pasa a un segundo plano y surge una obligación estricta de declaración: la extinción de la titularidad. La AEAT es tajante al respecto: si el usuario vendió la totalidad de sus activos, cerró su cuenta en un exchange extranjero o transfirió los fondos a una wallet de autocustodia antes del 31 de diciembre de 2025, debe informar de ello obligatoriamente.

Esta regla busca asegurar que Hacienda tenga constancia de que esos activos han salido de su radio de supervisión en el extranjero. No obstante, la normativa contempla matices para operadores activos:

  • Si la venta de un activo se realiza para reinvertir inmediatamente en otro, ambos dentro del extranjero, no es necesario reportar la transacción intermedia, sino únicamente los saldos finales a 31 de diciembre.

Sanciones por incumplimiento

Aunque el Modelo 721 es una declaración informativa que no conlleva un pago tributario directo (a diferencia del IRPF sobre las ganancias patrimoniales), su incumplimiento conlleva sanciones económicas.

Las multas por no presentarlo, hacerlo de forma incompleta o fuera de plazo oscilan actualmente entre los 150 y 300 euros, dependiendo de la gravedad y de si la regularización es voluntaria antes de que la Administración actúe.

Ante la cercanía de la fecha límite del 31 de marzo, la transparencia se presenta como la estrategia más eficiente. Los usuarios de plataformas internacionales deben revisar sus estados de cuenta a cierre de año y contrastarlos con su declaración de 2025 para determinar si han cruzado el umbral de los 20.000 euros o si deben reportar la cancelación de posiciones.

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